miércoles, 12 de mayo de 2010

RESPUESTAS CUESTIONARIO

¿Cómo monitorear y evaluar un plan de emergencias?
Para realizar el monitoreo y la evaluación es necesario que el comité de emergencias realice una revisión continua del plan de emergencias, para la evaluación se realizan cuatro planes específicos que son:
-Revisión periódica: Es el análisis continuo de amenazas y vulnerabilidades del municipio para determinar sus riesgos para reducirlo y fortalecer la protección y la seguridad.
-Desempeño Real: Son las situaciones de emergencia o desastres que sirven para aprender y mejorar los planes de emergencias y sus renovaciones futuras.
-Simulación: Deben realizarse por lo menos una vez por año ejercicios prácticos para adquirir experiencia de su operación este se realiza en un salón o aula a partir de un libreto.
-Simulacro: Son ejercicios reales que se realizan con las personas por medio de asignaciones de roles que toman decisiones y movilizan recursos realmente disponibles.

¿Modificación de la ley 1326 y su relación con el tema tratado?

Para los accidentes de tránsito la sentencia es entre tres y doce años de prisión, pero si hay agravantes, como el previo consumo de alcohol o drogas, la pena puede aumentar el doble, por lo cual se modifica al articulo110 del Código penal, fue aprobada en el mes de julio del 2009, dicha modificación se refiere a un aumento considerable en la pena

El Código Penal hace énfasis de los delitos en Colombia dentro de tres categorías:

- El doloso
- El culposo
- El doloso eventual

De Esta forma el accidente de tránsito se enmarcó dentro de la categoría de delitos culposos ya que normalmente el conductor no utiliza el vehículo como un arma, pero provoca lesiones como resultado de factores como la imprudencia, la negligencia, la impericia y la violación de reglamento.

Relacionamos este tema puesto que es muy frecuente que las empresas de transporte de cualquier índole no realizan seguimiento a sus conductores y por este motivo los accidentes de tránsito se volvieron comunes, lo que llevo a la renovación del código penal para castigar la irresponsabilidad y la imprudencia de muchos conductores, además este tema esta relacionado con los accidentes laborales puesto que esto afecta el sector laboral en nuestra región.

¿Cuál es el estado del sistema de riesgos profesionales?
Cuando uno se encuentra trabajando para una empresa, sin importar su tamaño, una inquietud frecuente es sobre los riesgos a los que se está expuesto en el desarrollo de las actividades laborales.

El Estado dirige, coordina y vigila el funcionamiento del Sistema de Riesgos Profesionales. Y son las ARP, las encargadas de la cobertura y la administración del sistema.

Toda empresa debe estar afiliada a una sola Administradora de Riesgos Profesionales. Así mismo, el pago total de la cotización corre por cuenta del empleador y es este quien define cuál ARP cubrirá los riesgos profesionales de su empresa.

Es importante que usted como trabajador conozca que la cobertura en riesgos profesionales, se inicia al día siguiente de su afiliación por parte de la empresa a la ARP. Es necesario que el trabajador este afiliado a la Administradora de Riesgos Profesionales antes de iniciar sus labores en la empresa.

La afiliación al Sistema General de Riesgos Profesionales es obligatoria para todos los trabajadores dependientes del país, tanto del sector público como privado.

El estar cubierto por la ARP significa: que tenemos derecho a la atención médica en caso de presentarse un accidente de trabajo o una enfermedad profesional y al reconocimiento de las prestaciones económicas que puedan generarse por estas causas.

Como trabajadores tenemos entre nuestros derechos el cubrimiento de los Riesgos Profesionales, pero también tenemos unas responsabilidades, veamos cuáles son:

RESPONSABILIDAD DEL TRABAJADOR

- Informar a la empresa sobre el estado de salud que se posee.
- Conocer los riesgos propios de la labor a desempeñar.
- Cumplir las normas de seguridad dispuestas en la empresa para esa labor.
- Y ante todo, asumir la responsabilidad del auto cuidado y protección.

1 comentario:

PROYECTOS TECNOLOGÍA, INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO dijo...

Jovany: Modificación de la ley 1326 y su relación con el tema tratado : Enumerar es nombrar, no explicar. Por favor, corrije.
Carolina y Andrea: No publican
APMG